sábado, 30 de julio de 2016

Apreciación del testimonio: papel del perito Psicólogo

Según el art. 404 del C. P, ley 906 de 2004, el juez tendrá en cuenta los principios técnico científicos sobre la percepción y la memoria y, especialmente, lo relativo a la naturaleza del objeto percibido, procesos de rememoración, el comportamiento del testigo durante el interrogatorio y el contrainterrogatorio, la forma de sus respuestas y su personalidad.
El papel del perito psicólogo, como perito de confianza del abogado defensor es:
en la capacidad del testigo para percibir, se evalúan todos los factores intervinientes en el proceso psicológico de la percepción: condiciones de lugar, stress, violencia del suceso, umbrales de percepción, factores psicológicos que distorsionan la percepción.
En cuanto a la capacidad del testigo para recordar, se evalua teniendo en cuenta varibles como edad del sujeto, tiempo transcurrido desde los hechos, cantidad de veces que ha relatado los hechos, personas con las que ha hablado de los hechos. Así mismo, se evalúan las siguientes fases de rememoración:
-adquisición d ela información (condiciones de iluminación, duración del suceso, velocidad y distancia, visión del color, violencia del suceso, estrés y medio, focalización en el arma, expectativas, edad).
-retención d ela información y olvido (información postsuceso, factores que afectan a la distorsión de la memoria)
-recuperación de la información (método de interrogación, redacción de preguntas, reinstauración del contexto, confianza de quienPRESTA testimonio.

Más información en http://www.peritajespenalcolombia.blogspot.com/
alexandrarodriguezpsicologa@gmail.com

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